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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38906 >> Fecha 03/03/2015 >> Articulo 45
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38906 - Articulo 45
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Artículo 45
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Artículo 45.—De los alcances de la autorización o acreditación. La autorización o acreditación por parte del Consejo Rector, se limita a determinar la capacidad que tiene una entidad para desarrollar programas acordes con los objetivos del SBD, con un adecuado manejo de los riesgos y una oferta de valor para el cliente que contribuya con su desarrollo empresarial. Adicionalmente, se analizará el riesgo relacionado con cada una de las entidades para efectos del acceso a los recursos del SBD, salvo en casos de entidades ya autorizadas por la Ley Nº 9274, en las que ellas asumen su propio riesgo.


 

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