Artículo
54.—De la organización. Para la adecuada administración de estos
recursos y en procura de lograr eficiencia, eficacia e impacto, el INA
establecerá dentro de su estructura organizacional, una unidad especializada en
Banca para el Desarrollo.
El costo
anual de esta unidad especializada en Banca para el Desarrollo, lo cual incluye
unidades técnicas que llegarán a conformarse para apoyar los procesos de
regionalización del SBD, podrán cubrirse con los recursos del INA para el SBD.
Anualmente, debe presentar ante el Consejo Rector el presupuesto de operación
pertinente para su debido conocimiento; así como los resultados logrados y los
Planes Operativos para esta área de negocios.
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