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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38906 >> Fecha 03/03/2015 >> Articulo 86
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38906 - Articulo 86
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Artículo 86
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Artículo 86.—De la participación del IMAS con aporte de garantías. Los beneficiarios del SBD que, aún con el apoyo del fondo de garantías y avales del FINADE, no puedan completar el respaldo de garantía necesario para obtener un crédito y califiquen dentro del rango de pobreza o pobreza extrema, podrán acceder a un complemento de hasta el veinticinco por ciento (25%) de garantía adicional, proporcionado por el Instituto Mixto de Ayuda Social.

El IMAS coordinará con el Consejo Rector y el FINADE la forma en cómo operará este mecanismo de complemento de garantías.


 

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