Artículo
86.—De la participación del IMAS con aporte de garantías. Los
beneficiarios del SBD que, aún con el apoyo del fondo de garantías y avales del
FINADE, no puedan completar el respaldo de garantía necesario para obtener un
crédito y califiquen dentro del rango de pobreza o pobreza extrema, podrán
acceder a un complemento de hasta el veinticinco por ciento (25%) de garantía
adicional, proporcionado por el Instituto Mixto de Ayuda Social.
El IMAS
coordinará con el Consejo Rector y el FINADE la forma en cómo operará este
mecanismo de complemento de garantías.
|