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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38906 >> Fecha 03/03/2015 >> Articulo 89
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38906 - Articulo 89
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Artículo 89
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Artículo 89.—De los servicios de desarrollo empresarial contratados por el FINADE. Corresponde al FINADE contratar los bienes y los servicios que se requieran e indicados en el artículo anterior.


 

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