N° 38907-MEIC
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE
ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
En
uso de las atribuciones que les confieren los artículos 11, 140, incisos 3),
8), 18) y 20); y 146 de la Constitución Política; los artículos 11, 25 y 28 inciso
2, acápite b), de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del
02 de mayo de 1978; la Ley Orgánica del Ministerio de Economía, Industria y
Comercio, Ley Nº 6054 del 14 de junio de 1977; la Ley de Promoción de la
Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, Ley Nº 7472 del 20 de diciembre
de 1994; Ley de Aprobación del Acta Final en que se Incorporan los Resultados
de la Ronda de Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales, Ley N° 7475
del 20 de diciembre de 1994, y la Ley del Sistema Nacional para la Calidad, Ley
Nº 8279 del 02 de mayo de 2002.
Considerando:
I.—Que
las buenas prácticas reglamentarias obligan a los gobiernos a la revisión de
los reglamentos técnicos existentes, con la finalidad de que se ajusten a las
condiciones y las necesidades imperantes de la economía, procurando así un
equilibrio necesario, de manera que, dicha reglamentación no sea omisa ni
excesiva y no propicie un obstáculo al desarrollo económico.
II.—Que
el desarrollo y los cambios que ha venido experimentado el comercio
internacional, ha generado la necesidad de una revisión de la reglamentación;
de manera tal que se adapte más al uso normal del comercio.
III.—Que
visto lo anterior es necesario proceder a la modificación del Decreto Ejecutivo
N° 32253-MEIC (*), Reglamento Técnico RTCR 383:2004 Cemento Hidráulicos,
Especificaciones.
(*)(Mediante
el artículo 4° del Reglamento Técnico RTCR 479:2015 Materiales de Construcción,
Cementos Hidráulicos, aprobado mediante decreto ejecutivo N° 39414 del 16 de
diciembre del 2015, se deroga el Decreto Ejecutivo N° 32253-MEIC y se estableció
que donde se hacía referencia a dicho decreto debe entenderse actualmente
Decreto Ejecutivo N° 39414-MEIC)
Por
tanto;
DECRETAN:
MODIFICACIÓN AL
DECRETO EJECUTIVO Nº 32253-MEIC (*), REGLAMENTO
TÉCNICO RTCR 383:2004
CEMENTO HIDRÁULICOS, ESPECIFICACIONES
- (*)(Mediante
el artículo 4° del Reglamento Técnico RTCR 479:2015 Materiales de
Construcción, Cementos Hidráulicos, aprobado mediante decreto ejecutivo
N° 39414 del 16 de diciembre del 2015, se deroga el Decreto Ejecutivo N°
32253-MEIC y se estableció que donde se hacía referencia a dicho decreto
debe entenderse actualmente Decreto Ejecutivo N° 39414-MEIC)
Artículo
1°—Modificaciones. Modifíquense el inciso 7.5 del
apartado 7. “De la verificación o control de calidad”, el acápite 8.1.1 del
inciso 8.1 “El empaque del cemento debe cumplir con las siguientes
disposiciones:” y el acápite 9.2.6 del inciso 9.2 “El etiquetado en el
empaque del cemento debe contener:” del “Reglamento Técnico de Cementos
Hidráulicos. Especificaciones”, RTCR 383:2004 del 1 de octubre de 2004, Decreto
Ejecutivo N° 32253-MEIC (*); para que en lo sucesivo se lean de la siguiente
manera:
(*)(Mediante
el artículo 4° del Reglamento Técnico RTCR 479:2015 Materiales de Construcción,
Cementos Hidráulicos, aprobado mediante decreto ejecutivo N° 39414 del 16 de
diciembre del 2015, se deroga el Decreto Ejecutivo N° 32253-MEIC y se estableció
que donde se hacía referencia a dicho decreto debe entenderse actualmente
Decreto Ejecutivo N° 39414-MEIC)
“7. DE
LA VERIFICACIÓN O CONTROL DE CALIDAD
(…)
7.5
Todo importador de cementos hidráulicos y componentes regulados en este
decreto, deberá contar con un certificado de calidad reconocido
internacionalmente, el cual haga constar los resultados de los análisis físicos
y químicos descritos en el presente decreto ejecutivo.”
“8.1 El
empaque del cemento debe cumplir con las siguientes disposiciones:
8.1.1
El cemento debe estar seco y ser empacado en bolsas o sacos de un material
adecuado que permitan conservar las propiedades del cemento, establecidas en el
presente reglamento técnico”.
“9.2 El etiquetado en el empaque del
cemento debe contener:
(…)
9.2.6
Fecha de empaque o envasado y fecha recomendada de uso. Se debe indicar
en el empaque la fecha de empaque o envasado y la fecha recomendada de uso.
(…)”.