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 Normativa >> Reglamento municipal 22 >> Fecha 24/06/2015 >> Articulo 9
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Normativa - Reglamento municipal 22 - Articulo 9
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Artículo 9
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Artículo 9º—En caso que la cantidad de solicitudes sobrepase el presupuesto asignado, la Municipalidad ayudará a tantas personas solicitantes como lo permitan los recursos establecidos anualmente para tales fines, en estricto orden de recibo de las solicitudes por parte del Concejo Municipal y el dictamen favorable del Proceso de Desarrollo Social.

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