Artículo 3º—Sistema de Información para el Control
del Aprovechamiento Forestal (SICAF). Oficialícese el “Sistema de
Información para el Control del Aprovechamiento Forestal” (SICAF), como una
herramienta informática, cuyo objetivo principal es capturar toda la
información relativa a la gestión técnica y administrativa de la tramitación de
permisos de aprovechamiento maderable regulados en el presente decreto.
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