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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38863 >> Fecha 11/11/2014 >> Articulo 6
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38863 - Articulo 6
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Artículo 6
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Artículo 6º—Certificados de origen. Dentro de esta modalidad se establecen los siguientes certificados de origen, los cuales no requieren permiso de aprovechamiento de la Administración Forestal del Estado:

a) Plantaciones Forestales definidas en el artículo 3 inciso f) de la Ley Forestal Nº 7575.

b) Sistemas Agroforestales.

c) Árboles plantados individualmente.


 

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