MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA
El Concejo Municipal
de San Rafael de Heredia, en sesión ordinaria N° 402-2015, celebrada el lunes 9
de marzo del 2015, aprobó por unanimidad y en firme, el siguiente reglamento:
REGLAMENTO DE LOS ARTÍCULOS
75, 76, 76 BIS,
76 TER. DEL CÓDIGO MUNICIPAL, LEY 7794
Considerando:
1º—Que la
Municipalidad de San Rafael de Heredia es el gobierno local y como tal debe
Impulsar un desarrollo local integral, que asegure el acceso a los beneficios
del mismo en Igualdad de condiciones a toda la población.
2º—Que de conformidad
con lo establecido en los artículos 13 inciso c) y d) y 43 del Código
Municipal, y 103 de la Ley General de la Administración Pública, corresponde al
Concejo Municipal dictar los reglamentos y organizar mediante éstos, la
prestación de los servicios Públicos.
3º—Que la
Municipalidad de San Rafael de Heredia, con fundamento en los artículos 169 y
170 de la Constitución Política y en las facultades conferidas en el artículo
3º y 4º inciso a), d) y e) del Código Municipal; y de conformidad con lo
establecido en la Ley Nº 7600 y su Reglamento, dicta el presente Reglamento.
CAPÍTULO I
Disposiciones
generales
Artículo 1º—La
Municipalidad del cantón de San Rafael de Heredia, en adelante denominada como
la Municipalidad, de conformidad con las facultades que le otorga el artículo
169 de la Constitución Política de Costa Rica, Ley de Planificación Urbana Nº
4240 y sus reformas, la Ley de Construcciones Nº 833 y su Reglamento, el
Reglamento para el Control Nacional de Fraccionamiento y Urbanizaciones, la Ley
Reguladora de Propiedad en Condominio Nº 7933 y su Reglamento y el Código
Municipal Ley Nº 7794, promulga el presente Reglamento de los Artículos 75, 76,
76 bis y 76 ter, del Código Municipal. Las disposiciones del Reglamento serán
de aplicación y acatamiento obligatorio para todas las personas, físicas o
jurídicas, propietarias de bienes inmuebles localizados dentro de los límites
político-administrativos que corresponden al cantón de San Rafael de Heredia,
conforme a lo establecido en el Decreto 29267-G de la División Territorial
Administrativa y según la delimitación realizada por el Instituto Geográfico
Nacional en los mapas oficiales de Costa Rica.