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 Normativa >> Reglamento 0 >> Fecha 22/04/2015 >> Articulo 16
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Normativa - Reglamento 0 - Articulo 16
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Artículo 16
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Artículo 16.—Del incumplimiento de las condiciones pactadas en la constitución de la servidumbre de paso y de acueducto inscrita a favor del AyA. En el caso de incumplimiento por parte del usuario en cuanto a las condiciones pactadas para la prestación del servicio bajo la modalidad establecida en el artículo anterior de este Reglamento, sea porque se imposibilite, se obstaculice o no se garantice el ingreso al inmueble, que interfiera con la operación y mantenimiento de los servicios prestados por parte del AyA; éste se reserva la facultad de modificar el tipo de la medición interna así como la cancelación de la servidumbre; conforme al ordenamiento jurídico.


 

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