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 Normativa >> Reglamento 0 >> Fecha 22/04/2015 >> Articulo 74
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Normativa - Reglamento 0 - Articulo 74
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Artículo 74
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Artículo 74.—De la renovación del arreglo de pago. Si el arreglo se encuentra al día en el pago de las cuotas, se podrá renovar incluyendo nuevas facturas o variando las condiciones iniciales, conforme a las disposiciones de este reglamento.


 

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