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 Normativa >> Reglamento 0 >> Fecha 18/11/2014 >> Articulo 34
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Normativa - Reglamento 0 - Articulo 34
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Artículo 34    (No vigente*)
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CAPÍTULO IV

Sanciones por Incumplimiento

Artículo 34.—Incumplimientos. Los incumplimientos de las obligaciones por parte de los adjudicatarios, se sancionarán de conformidad con lo establecido por la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento.

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