CAPÍTULO VII
Otras obligaciones
de los funcionarios
Artículo 20.—Sin perjuicio de lo que al efecto
dispongan la Ley General de la Administración Pública, el Código de Trabajo, el
Código Municipal, el Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la Ley de
Justicia Tributaria y otros cuerpos normativos que regulan la materia, las
siguientes son obligaciones de los funcionarios de la Municipalidad:
a. Cumplir con las disposiciones normativas
aplicables a la relación de servicio, así como con todas aquellas de orden
interno que llegaran a dictarse, sin perjuicio de la validación de sus
derechos, si en algún momento se consideraran lesionados.
b. Ejecutar las labores con la capacidad,
dedicación, esmero y diligencia que el cargo requiera, aplicando todo el
esfuerzo para el desempeño de sus funciones.
c. Rehusar dádivas, obsequios o recompensas
ofrecidas como retribución por actos inherentes a sus funciones, deberes y
obligaciones y denunciar a quien las ofrezca.
d. Dedicar el mayor esfuerzo a mantener al día las
labores encomendadas, ejecutándolas dentro de los plazos que la ley,
reglamentos o disposiciones de carácter administrativo hayan fijado.
e. Comunicar verbalmente o por escrito las
observaciones que su experiencia y conocimiento le sugieran para prevenir daño
o perjuicio a los intereses de la municipalidad, a los de sus compañeros de
trabajo o a las personas que eventual o permanentemente se encuentren dentro de
los lugares que prestan servicios.
f. Informar o solicitar el permiso
correspondiente antes de salir del centro de trabajo, así como reportar con
exactitud el lugar que visitará y el motivo que justifique la salida, según sea
el caso.
g. Notificar lo antes posible, verbalmente o por
escrito, las causas que le impiden asistir al trabajo. Por ningún motivo se
deberá esperar hasta el segundo día de ausencia para hacerlo, salvo casos de
fuerza mayor comprobada. El aviso en sí de la no-asistencia, no representa la
causa de justificación para la ausencia, ya que se deberá demostrar ante los
superiores correspondientes de la jerarquía, la existencia de la causa justa,
dentro de las setenta y dos horas siguientes a la ausencia.
h. Vestir apropiadamente durante las horas de
trabajo, de conformidad con el cargo que desempeña y los recintos donde presta
sus servicios. El vestuario debe ser decoroso y prescindir de extravagancias o
imágenes que atenten contra la moral.
i. Todos los funcionarios dotados de uniforme e
implementos de seguridad deben vestirlo completo y sin modificaciones durante
su jornada de trabajo, de lo contrario se contará como falta leve o grave,
dependiendo de la reincidencia. Se deben observar rigurosamente las normas de
seguridad e higiene ocupacional que dicten las leyes y autoridades respectivas,
así como aquellas que indiquen en este campo las autoridades competentes de la
Municipalidad.
j. Portar el carné de la institución, prendido en
un lugar visible.
k. Participar y prestar colaboración a las
comisiones y subcomisiones de salud, seguridad e higiene, comités permanentes y
otros que se integren en la Municipalidad.
l. Someterse a pruebas de idoneidad
(psicológicas, de conocimientos habilidades y otras) que fueren necesarias e indispensables
para determinar la elegibilidad a puestos de mayor categoría.
m.Participar y
colaborar en los cursos de capacitación que ofrezca la Municipalidad, así como
mantenerse actualizado en lo conocimientos técnicos y prácticos, relacionados
con la índole de las funciones y trabajo que ejecuten.
n. Rendir, con absoluto apego a la verdad, las
declaraciones requeridas por las diferentes autoridades de la Municipalidad.
o. Avisar por escrito cuando se desee renunciar a
un puesto, respetando lo estipulado en el 28 del Código de Trabajo.
p. Prestar los auxilios necesarios en casos de
siniestro o riesgo inminente, cuando personas, bienes e intereses de la
Municipalidad, o algún compañero de trabajo se encuentren en peligro.
q. Asegurarse, al terminar la jornada laboral, de
que todo artefacto eléctrico que pueda representar un peligro, se encuentre
apagado. También, deberá desconectar las máquinas, cubrirlas, apagar las luces
si se sale de último y, en fin, tomar las medidas de precaución necesarias para
la buena conservación del equipo y para evitar el desperdicio o mal uso de la
energía eléctrica, del agua y de los recursos en general.
r. Presentar las facturas y liquidar lo asignado
por caja chica de gastos y viáticos que le hubiera girado la institución, dentro
del plazo que señale el respectivo reglamento.
s. Avisar al jefe respectivo de los riesgos
laborales (accidente o enfermedad profesional), que sufra dentro de las
cuarenta y ocho horas siguientes, contadas a partir del acaecimiento del
accidente de trabajo, o de la determinación de la enfermedad.
t. No ingerir drogas ni licor en las horas de
trabajo, y fuera de él cuando porte el uniforme o algún distintivo de la
municipalidad. Será sancionado en caso de presentarse a laborar en estado de
embriaguez o bajo algún efecto de droga.