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 Normativa >> Reglamento municipal 256 >> Fecha 25/01/2015 >> Articulo 44
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Normativa - Reglamento municipal 256 - Articulo 44
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Artículo 44
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Artículo 44.—Los funcionarios podrán acogerse al pago por concepto de Dedicación Exclusiva según las disposiciones del Reglamento de Dedicación Exclusiva de la Municipalidad de Tilarán.


 

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