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 Normativa >> Reglamento municipal 256 >> Fecha 25/01/2015 >> Articulo 4
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Normativa - Reglamento municipal 256 - Articulo 4
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Artículo 4
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Artículo 4º—La Municipalidad propiciará la efectiva vigencia de los principios universales del Derecho Laboral y aplicará las sanciones pertinentes a los responsables por la violación de dicha normativa, atendiendo el debido proceso.

La aplicación de este reglamento corresponde al Alcalde Municipal o al Concejo Municipal, según concierna y rige para todos los funcionarios. Cualquier ambigüedad que contenga este reglamento deberá ser interpretada o aclarada conforme a la jerarquía de las fuentes del Derecho.


 

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