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 Normativa >> Reglamento municipal 256 >> Fecha 25/01/2015 >> Articulo 51
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Normativa - Reglamento municipal 256 - Articulo 51
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Artículo 51
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Artículo 51.—Todo funcionario municipal tendrá derecho a presentar ante la Comisión de Salud Ocupacional las quejas y propuestas tendientes a mejorar las condiciones laborales, con el propósito de que esta canalice la solución del problema a través de los medios adecuados.


 

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