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 Normativa >> Reglamento municipal 256 >> Fecha 25/01/2015 >> Articulo 5
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Normativa - Reglamento municipal 256 - Articulo 5
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Artículo 5
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Artículo 5°—Para efectos de este reglamento, se entiende por:

a- Patrono: La Municipalidad de Tilarán, en su condición de empleador de los servicios de los trabajadores.

b. Administración Municipal: La Municipalidad de Tilarán

c. Máximo Jerarca: El Alcalde Municipal.

d. Superior Jerárquico: El jefe superior inmediato, según la jerarquía de la respectiva unidad o proceso.

e. Relación de servicio: El conjunto de obligaciones, derechos, atribuciones, funciones y tareas que corresponden al servidor o funcionario, en relación con la municipalidad y los administrados de acuerdo con el ordenamiento jurídico,

f.  La Unidad de Recursos Humanos: La unidad administrativa encargada de la ejecución de las actividades, tareas y funciones relacionadas con la administración de recursos humanos de la municipalidad.

g. Servidor: La persona física que presta sus servicios a la institución, a nombre de la municipalidad o por cuenta de esta, como parte de su organización, en virtud de acto válido y eficaz de investidura, con entera independencia del carácter imperativo, representativo, remunerado, permanente o transitorio de la actividad respectiva. Para efecto de este reglamento son equivalentes los términos “funcionario público”, “servidor público” y “empleado municipal”.

h- Servidor interino en plaza vacante: El nombrado para llenar una plaza vacante por un máximo de 2 meses, mientras se resuelven los concursos internos y externos, y la selección del personal correspondiente.

i.  Servidor interino suplente: El nombrado para sustituir temporalmente a uno regular que esté con licencia, sin goce de salario, o ausente de la relación de servicios por suspensión sin goce de salario.

j.  Servidor suplente: El nombrado por un período determinado para sustituir temporalmente a uno regular que cuenta con permiso y goce de salario, vacaciones, incapacidad u otra similar.

k. Servicios especiales: Los ejecutados por servidores no incluidos en los incisos anteriores y que se contraten a plazo fijo para cubrir necesidades temporales de plazo fijo u obra determinada y amparada a la partida de sueldos por servicios especiales o jornales ocasionales. Dichos servidores tendrán derecho al pago de las prestaciones legales que procedan, de acuerdo con los requisitos y la normativa aplicable.

l.  Administrado contribuyente: Toda persona física o jurídica domiciliada en el cantón de Tilarán que recibe los servicios brindados por la municipalidad o con propiedades en el cantón aunque no residan él.

m. Ascenso: Promoción que se le realiza a un trabajador municipal a un puesto de categoría superior en la Escala Salarial.

n. Asignación: Acto mediante el cual se ubica una plaza nueva en la clase que le corresponde.

o. Atestados: Pruebas de idoneidad, experiencia, certificados, recomendaciones, comprobantes de estudios y toda aquella información que demuestre la idoneidad del personal para ocupar un puesto.

p. CCSS: Caja Costarricense de Seguro Social.

q. Cantón: Cantón de Tilarán.

r.  Clase: Conjunto de puestos similares en cuanto a deberes, responsabilidades y autoridad, a los que se les aplica el mismo título. Exige a los candidatos los mismos requisitos en cuanto a su preparación académica, experiencia, conocimientos y otros.

s. Clasificación: Sistema en el cual se analizan, evalúan y ordenan todas las tareas que se realizan en cada uno de los puestos de la municipalidad, agrupándolos en clases.

t.  Concejo: Concejo Municipal del Cantón de Tilarán.

u. INS: Instituto Nacional de Seguros.

v. Puesto: Conjunto de deberes, responsabilidades y requisitos asignados a un funcionario, que deben ser atendidos durante la jornada de trabajo.

w. Reasignación: Cambio que se efectúa a la clasificación de un puesto cuando este se ha modificado sustancial y permanente en sus tareas.

x. Reclasificación: Procedimiento que rectifica la clasificación de un puesto que había sido asignado erróneamente.

y. Revaloración: Aumentos en los salarios base asignados a las diferentes clases, por aumento del costo de la vida, relaciones de competencia y otros.

z.  Valoración: Proceso mediante el cual se asignan remuneraciones a las clases de puestos considerando los niveles o grado de dificultad, responsabilidad y variedad de tareas, requisitos mínimos, índices de costo de vida, encuestas de salarios, de acuerdo a la Escala de la Unión Nacional de Gobiernos Locales (UNGL).


 

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