CAPÍTULO III
Estructura de la
Administración Municipal
Artículo 7º—La Administración Municipal está
integrada por:
a. Un Alcalde Municipal, que tiene las
obligaciones, potestades y responsabilidades que emanan del artículos 17 y
demás conducentes del Código Municipal, artículos 101 a 103 de la Ley General
de la Administración Pública, y otras leyes conexas que rijan en la materia.
b. Coordinadores, Jefes de Unidad y Jefes de
Proceso, de los diferentes procesos, nombrados por el Alcalde.
|