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 Normativa >> Reglamento municipal 256 >> Fecha 25/01/2015 >> Articulo 52
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Normativa - Reglamento municipal 256 - Articulo 52
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Artículo 52
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CAPÍTULO XVIII

De la regulación del fumado

Artículo 52.—De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 9028, llamada Ley sobre la Regulación del Fumado, se prohibirá y sancionará, a todos los servidores sin excepción, el fumado dentro de oficinas, pasillos, servicios sanitarios y otros sitios no autorizados para tales efectos.


 

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