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 Normativa >> Resolución 072 >> Fecha 23/04/2015 >> Articulo 9
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Normativa - Resolución 072 - Articulo 9
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Artículo 9
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Artículo 9. Aviso de suspensión del servicio

Cuando la empresa distribuidora requiera realizar suspensiones programadas para trabajos de mantenimiento, deberá avisar a los abonados y usuarios, conforme a lo estipulado en la norma técnica AR-NT-SUCAL “Supervisión de la calidad del suministro eléctrico en baja y media tensión” vigente.


 

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