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 Normativa >> Resolución 072 >> Fecha 23/04/2015 >> Articulo 64
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Normativa - Resolución 072 - Articulo 64
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Artículo 64
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Artículo 64. Aviso de posibles anomalías

Las empresas eléctricas deben informar a sus abonados o usuarios sobre la importancia de avisar al servicio de reporte de perturbaciones, de hechos de terceros o de agentes externos que ocasionen o puedan ocasionar condiciones desfavorables en el suministro eléctrico.


 

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