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 Normativa >> Resolución 072 >> Fecha 23/04/2015 >> Articulo 70
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Normativa - Resolución 072 - Articulo 70
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Artículo 70
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Artículo 70. Clasificación tarifaria

Para efectos tarifarios, los servicios eléctricos, se podrán clasificar en función de: la tensión nominal de suministro, el uso de la energía y el consumo de energía (bloques de consumo) y potencia, aplicando para ello las metodologías contenidas en las disposiciones económicas que emita la Autoridad Reguladora.

Para efectos de clasificar adecuadamente un servicio solicitado, debe considerarse lo que indica el artículo 26 de esta norma y sus referencias.


 

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