CAPÍTULO
II
CONDICIONES
TÉCNICAS DEL SERVICIO DE DISTRIBUCIÓN
Artículo
4. Planificación y operación
Las
empresas distribuidoras deberán diseñar, construir, operar y mantener sus
redes, para asegurar el suministro de energía conforme a las características de
continuidad, frecuencia y tensión de suministro, contempladas en la norma
técnica AR-NT-SUCAL “Supervisión de la calidad del suministro eléctrico en baja
y media tensión”, vigente, y que no representen peligro para personas ni
propiedades, según lo dispuesto en los artículos 4° inciso d) y 14 incisos a),
y b) de la ley N° 7593 y sus reformas.
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