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 Normativa >> Reglamento municipal 259 >> Fecha 14/04/2015 >> Articulo 13
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Normativa - Reglamento municipal 259 - Articulo 13
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Artículo 13
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Artículo 13.—Del plazo para pagar. Para poder disfrutar del servicio, la mensualidad deberá ser cancelada por la familia dentro de los primeros 5 días hábiles de cada mes. Después de 10 días hábiles de atraso se suspenderá el servicio. Para poder disfrutar nuevamente del mismo, se deberá cancelar la deuda que existiera, la cual estará integrada por el principal y los intereses que se calculará al momento del efectivo pago. El servicio será suspendido en forma definitiva, cuando el estado de morosidad se reitere, salvo causa debidamente justificada por el interesado, que valorará la Municipalidad oportunamente.


 

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