CAPÍTULO VI
Derechos y deberes de los padres y madres de familia,
o representantes legales de la población beneficiada
Artículo 25.—Obligaciones y responsabilidades de
los padres de familia:
a) Velar por la asistencia regular y puntual de los
niños y las niñas.
b)
Durante el horario en que permanezca el niño o la niña en el Centro de Cuido,
los padres y madres de familia NO pueden ingresar al Centro, sin autorización.
c) Si
desea conversar con alguien del personal docente o la Coordinación Técnica,
deberá programar una cita, de acuerdo a los horarios establecidos para la
atención.
d)
Para retirar al niño o niña antes de la hora de salida, la persona autorizada
para estos efectos deberá llenar una boleta en la Dirección y entregar copia al
guarda a la hora de salir o haber solicitado la salida previamente en el
cuaderno de comunicaciones al hogar.
e) No
se entregará ningún niño o niña a ninguna persona que no esté autorizada en la
boleta que para tal fin debe ser llenada, o con autorización vía telefónica en
caso urgente y excepcional.
f) No deben estacionarse vehículos en la zona de
salida del Centro.
g)
Durante el primer mes, los padres, madres o encargados legales de los niños y
las niñas de primer ingreso, deben coordinar una entrevista con la o el
profesional responsable de su hijo o hija, con el fin de completar su
expediente y de que este o esta, conozca más sobre los niños y niñas que va a
atender.
h) Los
padres y madres de familia deben participar en las reuniones programadas, para
mantenerse informados de las actividades y proyectos que se van realizando en
el Centro.
i) Cooperar con el desarrollo de las actividades
sociales, culturales, deportivas y otras que programe el Centro.
j)
Autorizar por escrito la asistencia del niño o niña a las actividades
extramuros programadas por el Centro. (Esta participación no es obligatoria).
k)
Comunicar el cambio de su residencia, correo electrónico o número telefónico,
al administrador del Centro cada vez que eso ocurra.
l)
Informar con tiempo y por escrito al Centro, de todas aquellas situaciones
especiales (familiares, psicológicas, enfermedades y otras), que puedan afectar
el desarrollo normal del proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas.
m)
Presentarse en el Centro con vestimenta adecuada. El Operador determinará cuál
será la vestimenta adecuada antes de iniciar las funciones del Centro.
n)
Recoger a su hijo o hija dentro del horario establecido por el Centro.
o) En
caso de enfermedad infectocontagiosa, los padres de familia deberán abstenerse
de llevar el niño o niña al centro, comunicar la ausencia de su hijo o hija y
responsabilizarse de su debido tratamiento médico.