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 Normativa >> Reglamento municipal 259 >> Fecha 14/04/2015 >> Articulo 35
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Normativa - Reglamento municipal 259 - Articulo 35
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Artículo 35
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CAPÍTULO VIII

Del régimen disciplinario de los funcionarios

Disposiciones:

Artículo 35.—La asistencia y la puntualidad son aspectos considerados importantes y de deben acatar de acuerdo con lo convenido en el Centro.


 

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