Artículo 4º—Funciones dela Comisión. La CNGA
tendrá las siguientes funciones:
a) Proponer
políticas, lineamientos, estrategias y planes de acción en materia de Gobierno
Abierto.
b) Fomentar la cultura y educación de la ciudadanía
en Gobierno Abierto.
c) Proponer una metodología de evaluación para la
implementación y el desempeño del Gobierno Abierto.
d) Apoyar a las instituciones en la elaboración de
la normativa necesaria para la adopción y promoción del Gobierno Abierto.
e) Coordinar las acciones necesarias con las
instancias correspondientes para la implementación de los principios del
Gobierno Abierto en la gestión pública.
f) Proponer las
metodologías e instrumentos de seguimiento a los planes de acción.
g) Realizar actividades
destinadas al seguimiento de la implementación de los compromisos de Gobierno
Abierto señalados en los planes de acción.
h) Emitir informes técnicos
sobre los avances en la implementación de los planes de acción e informes
finales de evaluación sobre la implementación de los planes de acción de
Gobierno Abierto.
i) Promover el acercamiento
e intercambio entre diversos actores a nivel nacional para promover el Gobierno
Abierto.
j) Desarrollar y aprovechar
las relaciones con organizaciones internacionales para la promoción e implementación
del modelo de Gobierno Abierto.
k) Velar por la
articulación de proyectos y actividades que se den bajo los principios del
Gobierno Abierto, para crear sinergias y oportunidades de cooperación.
l) Facilitar la generación
de instancias de reflexión que desarrollen el conocimiento y las capacidades de
gestión sobre Gobierno Abierto en el país.
m) Crear Subcomisiones para
atender las funciones específicas responsabilidad del CNGA.
n) Colaborar en el
establecimiento de la arquitectura tecnológica de soporte para el Gobierno
Abierto.