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 Normativa >> Reglamento municipal 0 >> Fecha 04/06/2015 >> Articulo 21
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Normativa - Reglamento municipal 0 - Articulo 21
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Artículo 21
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Artículo 21.—Motivos de clausura. Además de lo estipulado en el artículo 20 anterior, serán motivos de clausura de las obras de mantenimiento, reparación y ampliación, los casos siguientes:

a) Por su complejidad, nivel y categoría de obra que sea declarada por la Gestión de Ordenamiento Territorial.

b) Cuando el avalúo del permiso solicitado ascienda a un monto mayor al que se autoriza como Licencia de obras de mantenimiento, reparación y ampliación, conforme el artículo 7 de este Reglamento.

c) Cuando se construya una obra diferente con la que se solicita en el permiso respectivo, generando el mismo una obra que sea mayor a la autorizada hasta en un 10% del volumen original.

d) Cuando se determine que lo construido pone en peligro la seguridad de terceros.

e) Cuando por emergencia cantonal u otra declaratoria dada por el Alcalde, así lo dispongan.

f) Cuando así sea indicado por alguna de las Instituciones que velan por el ordenamiento jurídico en materia de construcción, sea el INVU, el MOPT, el Ministerio de Salud, MINAE, AyA, la Comisión Nacional de Emergencias, ICAA o similar.

Los inspectores municipales serán los encargados de notificar y clausurar a fin de evitar que se consoliden las infracciones a este reglamento y normativa conexa.


 

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