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 Normativa >> Ley 9303 >> Fecha 26/05/2015 >> Articulo 1
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Normativa - Ley 9303 - Articulo 1
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Artículo 1    Tipo: Transitorio
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CAPÍTULO VI

Disposiciones transitorias

TRANSITORIO I.- A partir de la publicación de esta ley, en todas las disposiciones legales y reglamentarias existentes en lugar de “Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial” deberá leerse “Consejo Nacional de Personas con Discapacidad”.

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