Artículo
7º—Regulación de formas de pago: si el salario se paga por semana, se debe de
pagar por 6 días, excepto en comercio en que siempre se deben pagar 7 días
semanales en virtud del artículo 152 del Código de Trabajo. Si el salario se
paga por quincena comprende el pago de 15 días, o de 30 días si se paga por
mes, indistintamente de la actividad que se trate. Los salarios determinados en
forma mensual en este Decreto, indican que es el monto total que debe ganar el
trabajador y si se paga por semana, siempre que la actividad no sea comercial,
el salario mensual debe dividirse entre 26 y multiplicarse por los días
efectivamente trabajados.
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