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 Normativa >> Reglamento 4026 >> Fecha 02/06/2015 >> Articulo 21
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Normativa - Reglamento 4026 - Articulo 21
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Artículo 21
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Artículo 21.—Del área de Financiamiento. El área de Financiamiento depende jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva y tiene por objetivo tramitar toda actividad directamente relacionada con la prestación de servicios financieros y financiamiento para el desarrollo.

Está encargada de llevar a cabo el mandato legal que establece como función del INFOCOOP, el conceder crédito a las asociaciones cooperativas en condiciones y proporciones especialmente favorables al adecuado desarrollo de sus actividades.

Con el fin de cumplir con dicho mandato, el área de Financiamiento establece una serie de metas para procurar una colocación efectiva, que permita el financiamiento de proyectos que desarrollen los distintos organismos cooperativos, a fin de coadyuvar a la generación de empleo y mejorar la calidad de vida de los habitantes del país.


 

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