Artículo
21.—Del área de Financiamiento. El área de Financiamiento depende
jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva y tiene por objetivo tramitar toda
actividad directamente relacionada con la prestación de servicios financieros y
financiamiento para el desarrollo.
Está
encargada de llevar a cabo el mandato legal que establece como función del
INFOCOOP, el conceder crédito a las asociaciones cooperativas en condiciones y
proporciones especialmente favorables al adecuado desarrollo de sus
actividades.
Con el
fin de cumplir con dicho mandato, el área de Financiamiento establece una serie
de metas para procurar una colocación efectiva, que permita el financiamiento
de proyectos que desarrollen los distintos organismos cooperativos, a fin de
coadyuvar a la generación de empleo y mejorar la calidad de vida de los
habitantes del país.
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