Artículo 5º—Relaciones
de Coordinación y de Subordinación. Para todos los casos, los diferentes
componentes de la estructura orgánica de la institución se relacionarán con la
Junta Directiva, la Dirección Ejecutiva, su superior jerárquico y con las demás
áreas del Instituto, a través de:
a) Las sesiones de
Junta Directiva a los que fueran convocados.
b) Las reuniones con
las coordinaciones.
c) Las sesiones de
las diferentes Comisiones, Comités o grupos de trabajo que se integren.
d) Comunicaciones
formales usando medios verbales o escritos y por medios electrónicos de
conformidad con las regulaciones que disponga la administración.
e) El personal de
enlace, asignado temporal o permanentemente, para la coordinación de asuntos
específicos; el enlace puede ser realizado por un funcionario o funcionaria o
por equipos de trabajo constituidos por titulares de las áreas, jefaturas o
integrantes de los equipos.
f) La cooperación mutua.
Las comunicaciones de
carácter institucional cuyos destinatarios sean entes externos, deben contar
con la autorización del nivel jerárquico que corresponda. Asimismo toda
comunicación interna de carácter escrito, debe seguir el orden establecido en
la institución. La asignación o instrucción que provenga del superior
jerárquico deberá, en la medida de lo posible conforme a las circunstancias,
consignarse por escrito.
Los anteriores
mecanismos de organización se complementan con procesos productivos claros y
flexibles, además se apoyan con la estandarización de los métodos y
procedimientos de trabajo, la especificación de los resultados esperados de las
actividades y tareas que se ejecutan y de la especificación de las competencias
de gestión, de conocimiento, afectivas y de aquellas otras que sean necesarias
para administrar eficientemente el recurso humano.
Las jefaturas son las responsables directas
ante la Administración Superior, entendiendo por ello Dirección y Subdirección
Ejecutiva, del cumplimiento de las atribuciones y funciones encomendadas como
jefaturas y como áreas de trabajo. Deberán además, informar a la Dirección
Ejecutiva los roles y rotación de trabajo de los funcionarios(as), de forma tal
que la Dirección pueda asociar los funcionarios(as) con los deberes o tareas
asignadas y los proyectos estratégicos establecidos.