Artículo 8º—Convenios de cooperación. De
conformidad con el artículo 8º inciso k) de la Ley Nº 8839 y artículo 4º inciso
f) del Código Municipal, la Municipalidad podrá establecer convenios con
microempresas, cooperativas, organizaciones de mujeres y otras organizaciones
y/o empresas locales, para que participen en el proceso de gestión de los
residuos.
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