Artículo 45.—Del contenido del protocolo de investigación biomédica
experimental, clínica o intervencional. El protocolo del estudio debe
contener los siguientes aspectos:
a) Título del estudio.
b) Nombre y
dirección del patrocinador.
c) Resumen
del estudio.
d) Fase del
estudio.
e) Justificación
del estudio.
f) Objetivos,
hipótesis y preguntas que deben responderse.
g) Resumen de
los resultados de todos los estudios anteriores sobre el tema, publicados o no,
preclínicos y clínicos.
h) Descripción
detallada del diseño del estudio.
i) Cantidad
de participantes necesaria para lograr los objetivos y determinación
estadística.
j) Criterios
de inclusión y exclusión.
k) Descripción
de todas las intervenciones y procedimientos.
l) Otras
terapias permitidas o prohibidas.
m) Análisis de
laboratorio, imágenes y otros.
n) Planes
para el análisis estadístico de los datos.
o) Planes
para el monitoreo de seguridad y si hay una Junta de Revisión de Datos de
Seguridad.
p) Riesgos y
efectos adversos esperados.
q) Para
dispositivos médicos se debe incluir los posibles riesgos del mal uso o usos
alternos del dispositivo, si aplica.
r) Plan para
el reporte y manejo de los eventos adversos.
s) Beneficios
para el participante individual.
t) Beneficios
para la población.
u) Tiempo
necesario para desarrollar el estudio (total y por participante).
v) Previsiones
para resguardar la privacidad y confidencialidad de los datos, plan para uso de
códigos y apertura del ciego, si aplica.
w) Determinar
el uso futuro de las muestras biológicas y los datos del participante.
x) Derechos
de publicación de los resultados.
y) Lista de
referencias bibliográficas.
Adicionalmente, se debe explicar cómo se hará lo siguiente (qué,
quién, cómo, cuándo se hará):
i. Reclutamiento de los participantes.
ii. Obtención
del consentimiento informado.
iii. Obtención
del asentimiento informado (si procede).
iv. Manejo
de eventos adversos, casos inesperados y emergencias.
v. Administración
de terapia alterna, si hubiera falla terapéutica y si aplica.
vi. Continuación
de la terapia al finalizar el estudio.
vii. Manejo
del embarazo y su producto en caso de embarazo durante el estudio.
viii. Comunicación
de información nueva a los participantes si esta pudiera afectar su decisión de
permanecer en el estudio.
ix. Comunicación
a los participantes de información de interés sobre los resultados del estudio.
En el caso de
investigaciones que requieran la importación de vacunas, medicamentos, equipos,
dispositivos y suministros relacionados con las investigaciones aprobadas, se
debe contar con la aprobación del CEC y del Conis.