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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39096 >> Fecha 28/04/2015 >> Articulo 18
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39096 - Articulo 18
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Artículo 18
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Artículo 18.—Requisitos para el nombramiento de la o el CONTRALOR. Además de los requisitos indicados en el artículo 21 de la LEY, la o el CONTRALOR, deberá cumplir los siguientes requisitos:

1. Tener al menos tres años de experiencia en áreas relacionadas con servicio al cliente o gestión de calidad, preferiblemente en la organización para la que labora.

2. Demostrar un comportamiento ético de acuerdo a los valores y principios de la organización.

3. Poseer el grado de licenciatura o maestría en una carrera afín con las competencias y funciones de la institución en que ejerce.

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