SECCIÓN
III
- Unidad de Planificación Institucional
Artículo 6º—Competencias y relación jerárquica.
Corresponde a la Unidad de Planificación Institucional:
a)
Apoyar al Ministro (a) Rector en la coordinación del Sistema Nacional de
Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones y el Subsistema Nacional de
Indicadores de Ciencia, Tecnología e Innovación por medio del diseño del
sistema de planificación estratégica, sectorial y operativa institucional,
incluyendo las etapas de recolección, confección y análisis de los indicadores
nacionales de ciencia, tecnología e innovación, la formulación, la programación
y la evaluación estratégica sectorial e institucional, para la concertación de
los diferentes actores que intervienen en la generación de conocimiento, así
como de su sistematización en la formulación y ejecución de la política en
ciencia, tecnología, innovación y telecomunicaciones.
b)
Depende del Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones.
c) Se
rige por las disposiciones establecidas en el Reglamento General del Sistema
Nacional de Planificación, N° 37735- PLAN.
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