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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39087 >> Fecha 24/06/2015 >> Articulo 25
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39087 - Articulo 25
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Artículo 25
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Artículo 25.—Queda terminantemente prohibida la comercialización de cenizas producto de la cremación de cadáveres o restos humanos.

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