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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39117 >> Fecha 28/07/2015 >> Articulo 10
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39117 - Articulo 10
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Artículo 10
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Artículo 10.—Instancia responsable del proceso administrativo. El CCPC, mediante su Dirección General, será la entidad responsable de coordinar el proceso para la selección, adjudicación y ejecución de los proyectos beneficiarios del Fondo. Le corresponderán las siguientes funciones:

a. Proponer para su aprobación al Consejo Nacional de Cinematografía del CCPC, con fundamento en los límites que establece el presente reglamento, las bases de participación y de elección que regirán para cada convocatoria anual.

b. Gestionar administrativamente, las convocatorias anuales del CCPC para la recepción de proyectos participantes del Fondo.

c. Preparar el material de apoyo necesario y coordinar su entrega con los miembros del Jurado Seleccionador.

d. Garantizar que el personal del CCPC, pueda brindar la asesoría requerida por cualquier interesado, sobre el funcionamiento y operación del Fondo.

e. Gestionar las contrataciones y servicios necesarios para la implementación y administración del Fondo.

f. Coordinar la fiscalización de los proyectos beneficiarios, con la colaboración del personal del CCPC, o del personal contratado para ello.


 

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