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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39065 >> Fecha 06/04/2015 >> Articulo 15
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39065 - Articulo 15
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Artículo 15
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Artículo 15.—Funcionario responsable. Toda persona autorizada para realizar transacciones en CompraRed, será responsable de velar por la veracidad y confiabilidad de la información que emite y/o incluye en el sistema, así como también revisar diariamente el sistema, para verificar si se recibieron gestiones electrónicas, y de verificar que los actos transmitidos electrónicamente se hayan realizado exitosamente.

En todos los casos, se registrará en las bitácoras de la base de datos de CompraRed todos los movimientos o transacciones de las gestiones electrónicas que se reciban y que se emitan por los usuarios del Sistema.


 

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