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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39065 >> Fecha 06/04/2015 >> Articulo 28
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39065 - Articulo 28
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Artículo 28
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Artículo 28.—Seguridad del sistema CompraRed. El sistema permitirá establecer con toda precisión, por medio de registros fidedignos, la identificación del emisor y receptor, la hora, la fecha del envío y recibido, el contenido del mensaje y/o transacción. Asimismo, permite conservar los documentos enviados y recibidos, así como el acceso al expediente electrónico al público en general, dejando constancia en sus bitácoras de las transacciones generadas.

Además, la seguridad de CompraRed cubrirá como mínimo las siguientes áreas:

a) Autenticación de usuarios.

b) No repudio de transacciones.

c) Autorización y control de acceso a usuarios.

d) Uso de certificados de estampado de tiempo emitido por un certificador registrado con este propósito.

e) Protección de la información.

f) Pistas de auditoría.


 

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