Artículo
7°—Unidad administrativa responsable de la utilización de CompraRed. La
Proveeduría Institucional de cada órgano o entidad sujeto a la rectoría de la
DGABCA o que voluntariamente utilice el sistema, será la responsable de contar
con el recurso humano, la infraestructura física y tecnológica necesaria para
mantener actualizada la información que ingrese a CompraRed en tiempo real.
La
Administración se encuentra plenamente facultada para utilizar la información
que conste en el sistema en el desarrollo de sus funciones; sin embargo, ésta
no podrá ser modificada en el sistema una vez que la misma se hace pública.
CompraRed conservará el expediente electrónico con los datos originales
producto de todos los actos del procedimiento de contratación, durante un
período mínimo de cinco años posterior a la ejecución total del respectivo
contrato, o un lapso superior según lo determine la Administración contratante.
En materia de archivo de expedientes electrónicos se aplicará lo dispuesto en
la normativa establecida por la Dirección General de Archivo Nacional.
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