Artículo
21.—Herramienta de agilización sobre suelos y capacidad de uso de las
tierras. De conformidad con el acuerdo ministerial 001-2015 emitido por el
Ministro de Agricultura y Ganadería (MAG) con fundamento en el criterio técnico
del Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agraria
(INTA), se posibilita a los Gobiernos Locales para que utilicen el mapa
confeccionado en el año 1992 para todo el territorio nacional, en lo referente
a suelos y capacidad de uso de las tierras en escala 1:200 000, para la
construcción del IFA-Edafoaptitud. En el supuesto de que el Gobierno Local
cuente con información más detallada en esta materia, será posible utilizarla
siempre que sea debidamente oficializada por la entidad competente.
Para
aquellos proyectos de desarrollo urbanísticos, industrial, turístico,
comercial, mineros, extracción de áridos y reforestación, en inmuebles
inferiores a las cuatrocientos hectáreas (400 hectáreas) y en el caso que la
resolución espacial no sea suficientemente precisa se deberán presentar
estudios detallados de suelos y capacidad de uso de las tierras. Lo anterior a
efecto de que este Ministerio pueda establecer el valor agronómico de los
mismos, y defina la ejecución de los planes nacionales de manejo, conservación
y recuperación de suelos, en colaboración con las instituciones competentes en
materia de producción agrícola.
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