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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39150 >> Fecha 11/08/2015 >> Articulo 11
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39150 - Articulo 11
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Artículo 11
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Artículo 11.—Herramienta de agilización para información hidrogeológica. De conformidad con el Acuerdo N° 4967 tomado en la Sesión Ordinaria N° 668-15 por la Junta Directiva del SENARA, los Gobiernos Locales podrán iniciar su gestión ante la SETENA para la respectiva revisión de la incorporación de la variable ambiental en la propuesta de plan regulador, aun cuando no hayan obtenido el aval del Estudio Hidrogeológico por parte de SENARA. Esta herramienta puede ser utilizada tanto por aquellos Gobiernos Locales que han presentado una solicitud para la valoración de Estudio Hidrogeológico y que aún no cuentan con un aval, como aquellos que no han iniciado trámite alguno ante dicha institución.

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