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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39150 >> Fecha 11/08/2015 >> Articulo 30
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39150 - Articulo 30
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Artículo 30
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CAPÍTULO IV

SOBRE LA INTEGRACIÓN DE SOLUCIONES DEFINITIVAS

PARA AGILIZACIÓN EN MATERIA DE ELABORACIÓN,

REVISIÓN Y APROBACIÓN DE PLANES REGULADORES

Artículo 30.—Articulación SENARA–SETENA. Una vez que se cuente con la información necesaria para los distintos cantones a nivel nacional, el análisis de la vulnerabilidad hidrogeológica será realizado por el SENARA como un insumo para la SETENA en el proceso de evaluación ambiental estratégica de los planes reguladores.

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