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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39150 >> Fecha 11/08/2015 >> Articulo 31
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39150 - Articulo 31
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Artículo 31
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Artículo 31.-Metodología para la incorporación de la variable ambiental en los planes reguladores. En un plazo no mayor a dos años, contados a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto, el MIVAH, en coordinación con MINAE y SETENA, deberá emitir un nuevo reglamento que establezca la metodología y el orden de la incorporación de la variable ambiental en los planes reguladores.

(Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 42562 del 24 de agosto del 2020)

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