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 Normativa >> Acuerdo 004 >> Fecha 27/07/2015 >> Articulo 1
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Normativa - Acuerdo 004 - Articulo 1
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Artículo 1    Tipo: Transitorio
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Transitorio Único.—En un término perentorio no mayor de noventa días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente autorización, la Asociación deberá promulgar los reglamentos necesarios que contemplen la inscripción, desinscripción, recursos administrativos y las tarifas de cobro por los servicios de registro.

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