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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39121 >> Fecha 07/08/2015 >> Articulo 15
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39121 - Articulo 15
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Artículo 15
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Artículo 15.—Corresponderá al Fondo de Preinversión de MIDEPLAN administrar, de conformidad con la Ley Nº7376 y el Decreto Ejecutivo Nº 24658-PLAN, ¢250.000.000,00 (doscientos cincuenta millones de colones exactos) que se utilizarán para financiar estudios preliminares de los proyectos prioritarios propuestos por las gobiernos locales de los cantones de Guatuso, Upala y Los Chiles que atiendan temáticas como: la atención del abastecimiento de agua potable; el fortalecimiento municipal; la gestión integral de los residuos sólidos y la atención de grupos vulnerables del Territorio Guatuso-Upala-Los Chiles .


 

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