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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39187 >> Fecha 29/05/2015 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39187 - Articulo 3
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Artículo 3
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Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los veintinueve días del mes de mayo del dos mil quince.

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