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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39256 >> Fecha 28/09/2015 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39256 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2º—Objeto del Canon de Reserva del Espectro Radioeléctrico para el año 2016. Tal y como dispone el artículo 63 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley N° 8642 del 4 junio de 2008, el canon ajustado por medio del presente Decreto Ejecutivo, tiene por objeto la planificación, la administración y el control del uso del espectro radioeléctrico y no el cumplimiento de los objetivos de la política fiscal. Por lo tanto, la recaudación de esta contribución no tendrá un destino ajeno a la financiación de las actividades que le corresponde desarrollar a SUTEL, conforme a los artículos 7 y 8 de esta Ley, y que el Poder Ejecutivo ajustó tal y como a continuación se describe:

 

Cuadro 1. Costos de proyectos y gestión ordinaria correspondientes al Canon de Reserva del Espectro Radioeléctrico 2016

 

 

Proyectos y gestión ordinaria

Propuesta SUTEL CRC

Propuesta de ajuste MICITT CRC

 

Diferencia CRC

 

Proyectos

E-1 Definición de parámetros técnicos por bandas/servicios del

196 647 733

196 647 733

0

PNAF y sus mejores prácticas

 

 

 

E-2 Análisis de la metodología y automatización del Canon de

139 593 618

139 593 618

0

Reserva de Espectro

 

 

 

E-3 Estudio de espectro para eventuales procesos licitatorios

176 747 317

176 747 317

0

 

Gestión Ordinaria

A) Dictámenes Técnicos (permisos de uso no comerciales,

548 141 537

548 141 537

0

concesiones directas, adecuaciones)

 

 

 

B)  Inspección, identificación y eliminación de interferencias

C)  Gestión y Monitoreo continuo del espectro

557 512 590

778 804 661

557 512 590

778 804 661

0

0

D) Proyectos Ordinarios

169 642 354

169 642 354

0

Total

2 567 089 809

2 567 089 809

0

 

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