Buscar:
 Normativa >> Ley 2 >> Fecha 27/08/1943 >> Articulo 61
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 61     >>
Normativa - Ley 2 - Articulo 61
Ir al final de los resultados
Artículo 61
Versión del artículo: 1  de 2
Siguiente
61

ARTICULO 61.- Las personas obligadas por una convención colectiva, sólo

podrán ejercer los derechos y acciones que nazcan de la misma, para exigir

su cumplimiento y, en su caso, obtener el pago de daños y perjuicios,

contra otras personas o sindicatos obligados en la convención, cuando la

falta de cumplimiento les ocasione un perjuicio individual.

Ir al inicio de los resultados